La Comisión Sectorial del Arroz fue creada por Decreto Nº 1094/73 y por el Decreto 96/85 del 1º de Marzo de 1985 la regulación de la misma se efectuará por Planeamiento y Presupuesto.-COMETIDOS

Tendrá como cometidos asesorar al Poder Ejecutivo a través de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto en todo lo relativo a:

  • Producción, abastecimiento, industrialización, comercialización, exportación, tenencia de tierra, riego, represas y demás aspectos vinculados con el arroz.-
  • Proyectar los lineamientos que tiendan a la promoción del mejoramiento tecnológico y expansión de la producción del arroz mediante el aprovechamiento integral del riego, la fertilización y práctica de adecuadas rotaciones.-
  • Formular recomendaciones en lo relativo a la política de tierras y aguas concernientes a la expansión y cultivo de arroz (planes, proyectos e iniciativas para la elaboración de normas reglamentarias o legales).-
  • Formular recomendaciones respecto a las competencias que fueran atribuidas a la Comisión Sectorial del Arroz creada por el Decreto Nº 1094/73 y que se deberán mantener.-

 

INTEGRACION:

La Comisión Sectorial del Arroz se integrará de la siguiente manera:-

a) Por el sector público, un representante por cada uno de los siguientes organismos:

  • Ministerio de Agricultura y Pesca.-
  • Ministerio de Industria, Energía y Minería.-
  • Ministerio de Transporte y Obras Pública.-
  • Ministerio de Economía y Finanzas.-
  • Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.-
  • Ministerio de Relaciones Exteriores.-
  • Banco de la República O. del Uruguay.-
  • Oficina de Planeamiento y Presupuesto, que la presidirá.-

b) Un representante de la Asociación Cultivadores de Arroz.-

c) Un representante de la Gremial de Molinos Arroceros.-

El 12 diciembre de 2011 se firma el Decreto 439/2011 entre el Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y el Ministerio de Industria, Energía y Minería (Ver) “Licencias automáticas de exportación de arroz” por el cual todo exportador de arroz debe presentar ante la CSA los Anexos I, II, III y IV.

 

Éstos son:

–          Anexo I – Informe de Siembra: contiene información de hectáreas sembradas por departamento y por variedad.

–          Anexo II – Informe de cosecha: contiene información de hectáreas cosechadas en base a la siembra declarada.

–          Anexo III – Informe Mensual: contiene información de las existencias de cada empresa exportadora, compras y ventas en plaza y exportaciones de arroz.

–          Anexo IV – Informe de Exportaciones: contiene información de las exportaciones de arroz en el mes.

A partir del año 2014 de acuerdo a un cambio en el formato de la página web, el anexo IV es automático, ya que se cuenta con comunicación directa con el LUCIA de Aduanas. Además, teniendo en cuenta la modernización de la información que manejamos se mejoró también la comunicación con DGI y BPS, para que las empresas solo tuvieran que completar su RUT, disminuyendo así cualquier error que pudiera surgir en el pasaje de la información.

Link de la web de la CSA: http://csarroz.opp.gub.uy/