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ACUERDO SALARIAL

Subgrupo “Plantaciones de Arroz”

El Consejo de Salarios Subgrupo “Plantaciones de Arroz”, integrado por el Poder Ejecutivo, la Asociación Cultivadores de Arroz (ACA) y la Unión Nacional de Asalariados y Trabajadores Rurales y Afines (UNATRA), convino el pasado 28 de marzo, el ajuste salarial para los trabajadores dependientes de las empresas arroceras a regir a partir del 1º de enero de 2006. Estas normas tienen carácter nacional.

SALARIOS MINIMOS

Peón común .....................................................................................   $ 184 jornal

Peón especializado  (9% más que la categoría anterior) .................       $ 201 jornal

Capataz (25% más que la categoría anterior) ..................................      $ 251 jornal

PORCENTAJE DE AUMENTO GENERAL

Aquellos trabajadores que perciban remuneraciones superiores a las anteriormente establecidas, percibirán un incremento salarial del 4.87% sobre el jornal o salario nominal vigente al 31 de diciembre de 2005.

VARIOS

En el caso de que el empresario otorgue al trabajador alimentación y vivienda, podrá descontar el equivalente diario a $ 49 nominales.

Cuando la jornada laboral se interrumpa por razones ajenas al trabajador, se deberá abonar la jornada completa.

A partir del mes de junio de 2006, los trabajadores recibirán además una canasta compuesta por 5 kg de arroz, 5 kg de fideos y 5 lts de aceite durante 8 meses al año, con excepción de los meses de octubre, noviembre, marzo y abril.

Mediante Acta complementaria al Convenio resuelto, ambas partes convinieron además, que las reliquidaciones resultantes por retroactividad podrán abonarse en dos cuotas con los haberes de abril y mayo del presente año, así como también resolvieron elevar nota a la Inspección General de Trabajo y Seguridad Social solicitando autorización para la realización de horas extras que excedan el marco legal durante los meses de siembra y cosecha.

  

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