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ACUERDO SALARIAL
Subgrupo
“Plantaciones de Arroz”
El Consejo de Salarios Subgrupo “Plantaciones de Arroz”,
integrado por el Poder Ejecutivo, la Asociación
Cultivadores de Arroz (ACA) y la Unión Nacional de
Asalariados y Trabajadores Rurales y Afines (UNATRA),
convino el pasado 28 de marzo, el ajuste salarial para
los trabajadores dependientes de las empresas arroceras
a regir a partir del 1º de enero de 2006. Estas
normas tienen carácter nacional.
SALARIOS MINIMOS
Peón común
.....................................................................................
$ 184 jornal
Peón especializado (9% más que la categoría anterior)
................. $ 201 jornal
Capataz (25% más que la categoría anterior)
.................................. $ 251 jornal
PORCENTAJE DE AUMENTO GENERAL
Aquellos trabajadores que perciban remuneraciones
superiores a las anteriormente establecidas, percibirán
un incremento salarial del 4.87% sobre el jornal o
salario nominal vigente al 31 de diciembre de 2005.
VARIOS
En el caso de que el empresario otorgue al trabajador
alimentación y vivienda, podrá descontar el equivalente
diario a $ 49 nominales.
Cuando la jornada laboral se interrumpa por razones
ajenas al trabajador, se deberá abonar la jornada
completa.
A partir del mes de junio de 2006, los trabajadores
recibirán además una canasta compuesta por 5 kg de
arroz, 5 kg de fideos y 5 lts de aceite durante 8 meses
al año, con excepción de los meses de octubre,
noviembre, marzo y abril.
Mediante Acta complementaria al Convenio resuelto, ambas
partes convinieron además, que las reliquidaciones
resultantes por retroactividad podrán abonarse en dos
cuotas con los haberes de abril y mayo del presente año,
así como también resolvieron elevar nota a la Inspección
General de Trabajo y Seguridad Social solicitando
autorización para la realización de horas extras que
excedan el marco legal durante los meses de siembra y
cosecha. |