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PRECIO DEFINITIVO Y DEVOLUCION DE IMPUESTOS ZAFRA 2010/2011
Escrito por ACA   
Viernes, 20 de Julio de 2012 18:55

PRECIO DEFINITIVO Y DEVOLUCION DE IMPUESTOS
ZAFRA 2010/2011

 

Con fecha 17 de julio de 2012 finalizó el arbitraje acordado el 29/6/12 entre la Asociación Cultivadores de Arroz y las empresas Saman, Casarone y Coopar, llegándose a un acuerdo entre los árbitros en los siguientes términos:


Los Molinos industrializadores y la Asociación Cultivadores de Arroz resolvieron concluir el Compromiso Arbitral de fecha 29/6/12 y acuerdan establecer como precio base definitivo para la zafra 2010/11 la suma U$S 12.33 (doce dólares con treinta y tres centavos) por bolsa de  50  kg  de  arroz cáscara sano, seco y limpio, puesto en boca de recibo.

PRECIO DEFINITIVO VARIEDADES NO AMERICANAS


Al precio base de U$S 12.33 por bolsa se le debe erosionar U$S 0.23 (veintitrés centavos de dólar) que serán volcados a estimular el valor de la variedad Tacuarí, en un todo de acuerdo al Convenio firmado el 27/9/10.


En consecuencia, el precio final correspondiente a las variedades no americanas es de U$S 12.10 (doce dólares con diez centavos) de los cuales ya fueron acreditados en la cuenta del productor la suma de U$S 12.00 con fecha valor 30/6/11 y el saldo restante de U$S 0.10 se acreditará con fecha valor 1 de marzo de 2011.


PRECIO DEFINITIVO VARIEDADES AMERICANAS (TACUARÍ)


El precio final acordado para las variedades americanas es en consecuencia de U$S 13.69 (trece dólares) de los cuales ya fueron acreditados en la cuenta de los productores la suma de U$S 12.60 (doce dólares con sesenta centavos) con fecha valor 30/6/11, por lo que resta acreditar U$S 1.09 (un dólar con nueve centavos), fecha valor 1 de marzo de 2011.


DEVOLUCION DE IMPUESTOS INDIRECTOS:


Los Molinos industrializadores convienen con la Asociación Cultivadores de Arroz que la devolución de impuestos de la zafra 2010/11 es de U$S 0.35 (treinta y cinco centavos de dólar) por cada 50 kg. de arroz cáscara sano, seco y limpio y puesto en boca de recibo, de los cuales ya se acreditaron U$S 0,20 con fecha valor 30/6/11 por lo que se deberá acreditar la suma de U$S 0.15  por cada 50 kg. de arroz cáscara sano, seco y limpio y puesto en boca de recibo, con fecha valor 1 de marzo de 2012.