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La Comisión Sectorial del Arroz fue creada por Decreto Nº 1094/73 y por el Decreto 96/85 del 1º de Marzo de 1985 la regulación de la misma se efectuará por Planeamiento y Presupuesto.-
Tendrá como cometidos asesorar al Poder Ejecutivo a través de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto en todo lo relativo a:
- Producción, abastecimiento, industrialización, comercialización, exportación, tenencia de tierra, riego, represas y demás aspectos vinculados con el arroz.-
- Proyectar los lineamientos que tiendan a la promoción del mejoramiento tecnológico y expansión de la producción del arroz mediante el aprovechamiento integral del riego, la fertilización y práctica de adecuadas rotaciones.-
- Formular recomendaciones en lo relativo a la política de tierras y aguas concernientes a la expansión y cultivo de arroz (planes, proyectos e iniciativas para la elaboración de normas reglamentarias o legales).-
- Formular recomendaciones respecto a las competencias que fueran atribuidas a la Comisión Sectorial del Arroz creada por el Decreto Nº 1094/73 y que se deberán mantener.-
La Comisión Sectorial del Arroz se integrará de la siguiente manera:-
a) Por el sector público, un representante por cada uno de los siguientes organismos:
- Ministerio de Agricultura y Pesca .-
- Ministerio de Industria, Energía y Minería.-
- Ministerio de Transporte y Obras Pública.-
- Ministerio de Economía y Finanzas.-
- Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.-
- Ministerio de Relaciones Exteriores.-
- Banco de la República O. del Uruguay.-
- Oficina de Planeamiento y Presupuesto, que la presidirá.-
b) Un representante de la Asociación Cultivadores de Arroz.-
c) Un representante de la Gremial de Molinos Arroceros.-
VER ORGANIGRAMA DE LA COMISIÓN SECTORIAL |